Pues por los datos que das, ambas respuestas (si o no) pueden ser correctas.
Dependerá del tipo de despido que se trate. Si se trata de un despido disciplinario por ejemplo, no hay preaviso. Si se trata de un despido objetivo, hay que preavisar con 15 días, o bien compensarlo económicamente.
Si hablamos de finalizaciones de contratos, la norma dice que si el contrato dura más de un año, hay que preavisar con 15 dias, sino, no hace falta. Ahora bien, los convenios colectivos suelen indicar que hay que preavisar siempre que el contrato temporal finalice.