Querría saber si el Guardia Civil o Militar que vive en una vivienda propiedad del Estado por razón de su cargo o empleo, está exento del cumplimiento del plazo genérico de 12 meses para ocupar una vivienda adquirida y por consiguiente puede desgravarse por ella, a pesar de haber transcurrido más de los 12 meses. Me consta que es así, si las viviendas están ubicadas en Municipios distintos, pero ¿y sí ambas viviendas(casa-cuartel y vivienda adquirida objeto de deducciones) están ubicadas en el mismo Municipio?