Si un infractor no residente, comete una infraccion de trafico, por ejemplo, la ley prevee que al no ser residente, o abona la cuantia a la cual ha sido propuesto, o se le inmoviliza el vehiculo. como medida preventiva o cautelar.
pero ¿Que pasa cuando el infractor no residente lo es por alguna infraccion a la ley 1/92 L.P.S.C?
¿Queda impune al no tener residencia o domicilio fijo aqui,?
¿Existe agravio comparativo con los residentes a los cuales se les tramita las denuncias?
¿Algunas medidas a tomar?
Residente= Tramitacion
NO Residente= ¿? Se marcha y.....
Gracias.....