El nasciturus: derecho a la herencia, pero no a la vida.
Como punto de referencia debemos de partir de dos artículos. En primer lugar, el artículo 15 de nuestra Constitución establece que "Todos tienen derecho a la vida y la integridad física y moral, sin que, en ningún caso puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos
". Y en segundo...