Los pactos de no competencia se regulan siempre por el propio contrato de servicios que firmásteis, sin poder verlo no se te puede dar una respuesta 100% fiable, sin embargo, cmoo norma general salvo acuerdo en contrario, el pacto de no competencia surtirá sus efectos con independencia de cuál sea la causa de la extinción de la relación laboral, ya sea por voluntad del trabajador o del empresario.
Por lo que en su caso, con todas las salvedades porque no tengo el contrato suyo, le diría que es vigente esa clausula desde la finalización de los servicios (abaril) por el tiempo que pactaron.
Atte.: Sara GDZ Abogados
Plaza de las Flores 2-5-d, málaga