Basándome en el ET ya que no sé cuál es su Convenio para darle un respuesta más concreta, le comento: Debe tener en cuenta que su jornada de 40 horas puede tener una distribución irregular, esto quiere decir que no tiene porque hacer 8 horas todos los días sino que un día pueden ser 6 y otro 10, por ejemplo, a pesar de ello, la empresa está en la obligación de informarle sus horarios y cumplir con los descansos legalmente establecidos (ante incumplimiento podría denunciarlos a inspección), tal y como ud. comentaba. Partiendo de esto y teniéndolo en cuenta primero deberá calcular que son realmente horas extras y que no ya que la jornada irregular puede inducirnos a error, tras ello si puede negarse ya que su prestación es voluntaria a no ser que lo haya pactado en el contrato (art. 35.4 ET).
Buenos días Munieco,
En este caso deberíamos partir de la forma en la que consigue saber quién es la persona que se ha quedado con su dinero, y esta forma son las grabaciones. Ud. no puede acceder a dichas grabaciones ya que no se exhibirá ningún dato o imagen personal suya, sino de otra persona y esto es ilegal, la empresa propietaria de las cámaras de vigilancia no debe enseñárselas y en caso de que lo hiciera dicha empresa podría incurrir en responsabilidad por infracción del artículo 11 LODP al considerarse una cesión ilícita de datos personales, por tanto el denunciado podría alegar esto.
Buenos días,
Si ud. habla de la incapacidad permanente total, si que podría solicitarlo ya que el paro se considera una situación asimilada al alta y éste es uno de los requisitos para conaseguir este tipo de incapacidad.
Si necesita ayuda legal durante el procedimiento puede ponerse en contacto conmigo