Hola Kal,
Según dispone el artículo 21.2, sólo para los técnicos la cláusula de no competencia puede durar dos años, en tu caso como comercial sería de seis meses.
Asímismo también hay que tener en cuenta si hay un auténtico interés industrial real del empresario en esa cláusla del no competencia para ti, que la compensación económica sea la adecuada..etc.
El tema yo no lo veo claro, a pesar que esté mal hecho por ser comercial (aun así deberías respetarlo 6 meses) o incluso que no sea realmente necesaria para un comercial.
Mi consejo es el siguiente, que veas si económicamente te compensa, es decir, es muy probable que si se enteran te demanden y es probable que ganen. Por eso haz números y su caso si te compensa, arriésgate.
Suerte
Por supuesto que tiene posibilidades de cobrar.
El problema de los concursos es que muchas empresas lo llevan a cabo como forma de liquidar la empresa. Sin embargo, muchas otras lo hacen para continuar con ella y por eso entran en concurso, para que haya una posibilidada de quita y espera.
Tiene que comunicar su crédito al juzgado donde esté el concurso a fin de que le pongan en la lista de los acreedores y poder cobrar lo antes posible.
Un saludo