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María Teresa ANDRÉS MIGUEL
Abogado
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Presentación
Tengo un contrato de 25 de Marzo de este año con la empresa HOTELES MARINA DOR,S.L.,de mi apartamento. el primer pago según contrato es del dia de Mayo., pero a dia de hoy no me han pagado los 1.ooo que se estipula en el contrato., que me aconsejas??
Para un-abogado, muchas gracias por tu consejo y así lo llevaré a cabo. cuando lo tenga todo resuelto ya os lo pongo todo en el foro, por si acaso esta información le puede servir a otra persona. Me reitro, muchas gracias.
Para un-abogado, serias tan amable de decirme los pasos a seguir para alquilar un local (no comercial) que se lo quiero alquilar a unas personas para las fiestas y hay otras que me lo estan pidiendo para reuniones familiares (esto sería por un día) y que este todo legal. Podrías ayudarme. Gracias
Yo te cuento lo que hice yo al alquilar mi apartamento en la comunidad valenciana: 1º) me fui a la agencia valenciana de Alquiler(seguro que en andalucia se llama de otra forma, pero existe), me pidieron toda la documentación del apartamento, con los recibos pagados (luz, agua...)IBI, también le lleve unas fotos de como era por dentro y por fuera y los servicios que prestaba, garaje, piscina...etc. ellos archivaron todos esos datos en el ordenador y a los pocos meses surgio una persona que estaba interesada, se puso la abogada en contacto conmigo y quedamos todos en las oficinas para firmar el contrato. Ventajas: la persona era menor de 25 años y a la hora de pagar a hacienda(di su renta era....) pues te sale gratis todo las mensualidades que te va dando. creo que la desgrabación era del 100%, más ventajas ellos tienen un departamento jurídico por si no paga, la fianza se deposita en un banco y no la toca ni el propietario ni el inquilino, y solo se le da una vez finalizado el contrato y comprobando el propietario que no hay ningún desperfecto, DESVENTAJA, QUE SE PUEDE QUEDAR LOS 5 AÑOS, pero si no lo vas a utilizar, puede ser una ventaja. ellos mismos comprueban la solvencia del inquilino, no te mandan a cualquiera., despues de que ya han encontrato al inquilino, hay que pasar por hacienda para darte de alta como arrendador, como es una sociedad pública, estan exentos de pagar IVA. también creo que desgraba si has invertido en el apartamento alquilado por el uso que le estan haciendo, pero eso habria que mirarlo en la declaración, pues depende del año, cambian las cosas. Todo lo que te estoy contando es de hace dos años.Al inquilino le toca pagar la luz, gas, agua y basura, y al propietario el IBI y la comunidad.Espero que te haya servido de ayuda, si te tienes mas preguntas aprovecha que estoy en el ordenador.