Primero, muchísimas gracias por las respuestas, quizá no me he expliado correctamente el asunto es el siguiente, la empresa notifica verbalmente al trabajador que por causas económicas va a proceder a reducir su salario a la cuantía establecida en el convenio, el trabajador no está conforme con la decisión y la impugna por falta de notificación escrita, el juez declara la nulidad de la decisión empresarial y ordena reponer al trabajador en la situación anteior. El problema surge porque la empresa por la situación económica venía abonando los salarios con tres meses de retrasos de manera que el trabajador no se da por enterado la reducción hasta que le llega la primera reducida o sea hay tres meses que ha cobrado menos y hay que abonar la diferencia. Esa diferencia no la abona en los 20 días siguientes que debe hacer efectiva la sentencia y ahora presentan demanda de ejecución por esa cantidad y resolución con indemnización como despido improcedente y tenemos la vista en relación en la resolución en una semana. Mi duda es si la empresa paga esa cantidad que adeuda al trabajador (la nómina del mes siguiente ya es otra vez alta y se ha hecho la complemetaria a la seguridad social), pues bien si la abona antes de la vista si pueden resolver el contrato como improcedente...Por favor echadme una mano