Perdone (se me olvidaba), la cuantía "orientativa" es la del fallecimiento de familiar en el baremo utilizado por accidentes de tráfico. Lo "normal" o habitual q es , lógicamente, pedir algo más de lo que establecen esos baremos.
Parece un poco extraño que un servicio de neumología detecte ese nódulo, diagnostique neumonía y dé de alta a la paciente. Si el TAC es claro, luche hasta el final con buenos dictámenes médicos de especialistas en la materia.
De ser tal y como usted dice el asunto -TAC claro mal interpretado- es claramente de "error de diagnóstico" y de "pérdida de oportunidad" al no saber las consecuencias que un tratamiento alternativo y adecuado hubiera podido tener.
No vincula el criterio de caja de IVA para sociedades, donde por regla general se sigue criterio de devengo.
El "modo" legal de poder rebajar el beneficio es el de la dotación de la pérdida por deterioro del crédito. Esa dotación se puede hacer, entre otras causas, si se está 6 meses sin cobrar o si se ha interpuesto reclamación judicial de cualquier tipo.
Frente a Hacienda, la deudora es su madre. En caso de impago de aplazamientos, la responsabilidad es de su madre y vencerán anticipadamente los plazos pendientes.Lo que usted dice, podría servirle, para que Hacienda - si lo considera como causa bastante- pueda otorgarle otros aplazamientos. Aunque esto es extraño.
La "denuncia" frente a la actuación del gestor la debería hacer en vía penal. Debería de acudir a un abogado penalista para la denuncia frente al gestor. Básicamente sería por apropiación indebida o estafa.