Por supuesto que es legal el proceso arbitral para solucionar el problema del retraso en los procedimientos de desahucio.Quienes llevan a cabo los arbitrajes son unas Insituciones arbitrales que por medio de sus arbitros dictan los laudos, que tienen la misma validez que una sentencia.Esto puede durar muy poco tiempo (aprox. 2 meses).El problema efectivamente esta en el caso de tener que llegar a la ejecucion judicial.
Si estan funiconando varias Instituciones arbitrales, lo importante es saber si son o no especilaistas en arrendamientos y por tanto llevaran el proceso arbitral correctamente.
Es muy interesante que os leais la Orden 61/2008 de 4 de Marzo, donde la CM crea el Consejo Arbitral para el alquiler, cuya funcion fundamental es la de establecer un sistema arbitral unico para el caso de los arrendamiento de vivienda sometidos al plan alquila de la CM, y por ello, establecer una serie de convenios conlas distintas instituciones arbitrales para que sean ellas las que adminsitren el arbitraje, pero el Consejo supervisara y facilitara esos procesos arbitrales, dando garantias al ciudadano para que su proceso sea rápido y eficaz.